05 julio 2013

Contribuyentes deben actualizar su NIT

Desde el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) informaron que los contribuyentes del Régimen General, inscritos en el Número de Identificación Tributaria (NIT), antes del 9 de mayo del 2011, "deben actualizar su información en el Padrón Biométrico Digital".

Ahora bien, si los representantes no tienen tiempo para recurrir a las oficinas del SIN, en cualquiera de sus sucursales, lo pueden hacer a través de la página web, siguiendo los siguientes pasos: uno, el contribuyente debe ingresar a la "oficina virtual" con la opción de actualización de datos PBD-11 y llenar el formulario MASI-001 (documento preliminar).

Dos, el contribuyente debe enviar el formulario, generar e imprimir un número de trámite. Y, por último, el contribuyente debe apersonarse a las gerencias de su jurisdicción con los requisitos correspondientes (documentos originales) y el número de trámite para su actualización.

Los contribuyentes que no actualicen su NIT serán objeto de observación de los personeros.

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