La Ley de Bancos 1488 seguirá en vigor al menos hasta octubre, pues fija 90 días de plazo para la reglamentación de la norma de Servicios Financieros, que aún está en proceso de aprobación en el Legislativo.
La Ley de Servicios Financieros entrará en vigor tres meses después de su promulgación. Plazo en el que deberá concluirse los reglamentos de esta nueva norma, que está adecuando la intermediación financiera a la Constitución Política del Estado.
Mientras tanto, seguirá en vigencia la Ley de Bancos 1488, promulgada el 14 de abril de 1993. Pues, así lo establece el octavo punto de las disposiciones transitorias.
La adecuación de la totalidad de las entidades financieras tendrá plazo de dos años y medio, ya sea a banca múltiple, de fondos financieros privados a bancos o de mutuales a entidades de vivienda. La reglamentación está a cargo de la Autoridad de Supervisión Financiera (ASFI)./ ANF
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